Información institucional
Qué somos, misión, visión, valores, funciones y deberes, marco legal, modelo de gestión, naturaleza jurídica, objetivos y metas, y Plan Estratégico Sectorial.
¿Qué somos?
Patrimonio Autónomo
Patrimonio Autónomo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - MinCIT, administrado por la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior – Fiducoldex.
Proyectos
Ejecuta los recursos asignados por el Gobierno Nacional y los recaudados por la contribución parafiscal a través de proyectos de competitividad, promoción e infraestructura turística, acorde a la política de turismo definida por el MinCIT.
Bienes inmuebles
Administra y/o enajena bienes inmuebles con vocación turística extintos o incautados por delitos asociados al narcotráfico, y los de propiedad de la antigua Corporación Nacional de Turismo (CNT).
Misión y visión
Misión
Fontur es el brazo técnico ejecutor del MinCIT que contribuye al crecimiento económico y desarrollo social, potencializando la infraestructura y competitividad turística, promoviendo a Colombia a nivel nacional e internacional, con innovación, inclusión y construcción de paz.
Visión
Para el 2026, Fontur será reconocida como una organización eficiente y transparente, impulsora del turismo inclusivo, sostenible y de paz, destacando la riqueza natural y cultural de Colombia ante el mundo.
Valores
Funciones y deberes
Contenido organizado en desplegables para facilitar la lectura.
Recaudar, administrar y ejecutar los recursos
- Contribución parafiscal para la promoción y competitividad del turismo.
- Los activos adquiridos con los recursos de la contribución parafiscal.
- Las donaciones.
- Provenientes de patrocinios y actividades comerciales.
- Derivados de la explotación económica de los activos que fueron de propiedad de la Corporación Nacional de Turismo.
- Asignados en el Presupuesto Nacional para la infraestructura, promoción y competitividad turística.
- Recaudo del impuesto al turismo.
- Financiación de campañas de protección: Financiar la ejecución de políticas de prevención y campañas para la erradicación del turismo asociado a prácticas sexuales con menores de edad, trazadas por el MinCIT en coordinación con el ICBF.
Deberes
- Acatar la Constitución y las leyes.
- Obrar bajo el principio de buena fe, absteniéndose de usar maniobras dilatorias o aportar documentos falsos.
- Ejercer con responsabilidad sus derechos, evitando solicitudes improcedentes o reiterativas.
- Mantener un trato respetuoso con los funcionarios.
- El incumplimiento de estos deberes no anula el derecho del particular, pero puede dar lugar a sanciones penales, disciplinarias o de policía según la ley. Ley 1437 de 2011 – Art. 6.
Marco legal
Modelo de gestión
Naturaleza y recursos del patrimonio autónomo Fondo Nacional del Turismo
Información organizada por temas para facilitar la navegación.
Naturaleza y recursos del patrimonio autónomo Fondo Nacional del Turismo
El artículo 42 de la Ley 300 de 1996 creó el Fondo de Promoción Turística como un instrumento para el manejo de los recursos provenientes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
Posteriormente, la Ley 1450 de 2011 en su artículo 40 estableció al Fondo de Promoción Turística como un instrumento para el manejo de los recursos provenientes de la contribución parafiscal para la promoción del turismo, el cual se ceñiría a los lineamientos de la política turística definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, estableciendo a partir de esa fecha que su régimen de contratación es de carácter privado, es decir que se rige por el Código Civil, Código de Comercio y su Manual de Contratación.
Así pues, con la entrada en vigencia de la Ley 1558 de 2012, la denominación del Fondo de Promoción Turística cambió por la del Fondo Nacional de Turismo, y se ordenó su constitución como un patrimonio autónomo, por lo que su administración y vocería fue asumida por la sociedad Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. – FIDUCOLDEX S.A., para lo cual se suscribió el Contrato de Fiducia Mercantil No. 137 de 2013, entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la mencionada fiduciaria, quien asumió la administración y vocería del Fondo a partir del 1 de septiembre de 2013.
Adicionalmente, la citada ley en el artículo 22 dispuso que los bienes inmuebles incautados o que les fuere extinguido el derecho de dominio debido a su vinculación con procesos por delitos de narcotráfico, enriquecimiento ilícito, testaferrato y conexos, y los que fueron de propiedad de la antigua Corporación Nacional de Turismo, hoy del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, serán administrados o enajenados por el Fondo Nacional de Turismo
Por último, se debe precisar que el artículo 1° del Decreto 2125 de 2012, ratifica la facultad del Fondo Nacional de Turismo - FONTUR, para administrar los bienes inmuebles celebrando contratos de concesión, arrendamiento, comodato, administración hotelera entre otros o cualquier otra modalidad contractual que sirva a los fines de aprovechamiento turístico.
Recursos pertenecientes al patrimonio autónomo Fondo Nacional de turismo FONTUR
Respecto de los recursos pertenecientes al patrimonio autónomo Fondo Nacional de turismo FONTUR, se aprecia que en su gran mayoría los recursos del Fondo tienen una naturaleza pública, como quiera que estos son apropiados entre otras, de la siguiente manera:
- Transferencia del Presupuesto General de la Nación a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
- Impuesto al turismo.
- Imposición de multas a los prestadores de servicios turísticos.
- Los recursos derivados de la explotación económica de los activos que fueron de propiedad de la Corporación Nacional de Turismo, en los términos de la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Comercio Industria y Turismo.
- Los rendimientos financieros que se deriven del manejo de las anteriores partidas
- La contribución parafiscal con destino al turismo.
Acceso a estos recursos
El acceso a estos recursos es a través de la presentación de proyectos que se adecuen a las líneas de promoción, mercadeo, competitividad e infraestructura turística previstas en el Manual para la destinación de recursos y presentación de proyectos del Fondo; los cuales surten un proceso de formulación, evaluación, aprobación y ejecución, así:
Etapa de Radicación
Radicado: Iniciativa o proyecto que cuenta con la pertinencia del MinCIT, quien lo radica en Fiducoldex y es recibido por Fontur para iniciar su etapa de formulación.
Etapa de Formulación
En formulación: Proyecto que se encuentra dentro de los días hábiles de estructuración, solicitud de ajustes y/o aclaración de información.
Formulado: Cuando el proyecto fue estructurado y cumple con los requisitos del Manual para la destinación de recursos y presentación de proyectos del Fontur.
Devuelto: Proyecto que no cumple con los requisitos del Manual para la destinación de recursos y presentación de proyectos del Fontur, o no cumplió con los plazos de formulación y documentos requeridos al proponente.
Retirado: Proyecto que es retirado por parte del proponente.
Etapa de Evaluación
En Pre-viabilidad: Proyecto que se encuentra dentro de los días hábiles de la evaluación técnica, jurídica y presupuestal.
Pre-viable: Proyecto que cumple con los parámetros de evaluación: técnica, jurídica y presupuestal.
No Pre-viable: Proyecto que no cumple con los parámetros de evaluación: técnica, jurídica, y presupuestal.
Comité Interno de proyectos de Fontur: Determina la viabilidad de los proyectos a ser presentados a aprobación ante el Comité Directivo. Está conformado por la señora Viceministra de Turismo y el Gerente General de Fondo Nacional de Turismo.
Viable: Corresponde a la decisión de los miembros del Comité Interno de proyectos, frente a los proyectos que podrán ser presentados a consideración del Comité Directivo, conforme al análisis de información presentada en el Word y Témplate de cada proyecto.
No Viable: Corresponde a la decisión de los miembros del Comité Interno de Proyectos, frente a los proyectos que No podrán ser presentados a consideración del Comité Directivo, conforme al análisis de información presentada en el Word y Témplate de cada proyecto.
Aplazado: Decisión del Comité Interno de Proyectos, frente a los proyectos que requieren ajustes, información aclaratoria y/o complementaria.
Retirado: Proyecto que es retirado por parte del proponente.
Etapa de Aprobación Comité Directivo
El Comité Directivo de Fontur, estará integrado conforme lo dispone el artículo 2.2.4.2.7.1. del Decreto 2094 de 2015, y estará compuesto por siete miembros así:
- El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o quien este delegue.
- El Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
- El Presidente de Procolombia quien podrán delegar en el Vicepresidente de Turismo.
- Cuatro representantes de organizaciones gremiales de aportantes de la contribución parafiscal.
El Comité Directivo del Fondo tendrá las siguientes funciones:
- Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo presentado por la Entidad Administradora del mismo, previo visto bueno del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
- Aprobar las inversiones y proyectos que con recursos del Fondo deba llevar a cabo la Entidad Administradora para cumplir con el contrato de administración del mismo.
- Velar por la correcta y eficiente gestión del Fondo por la Entidad Administradora
Durante el proceso de aprobación, los proyectos presentados al Comité podrán surtir los siguientes estados:
Proyecto aprobado: Proyecto seleccionado por el Comité del Fontur, para otorgarle recursos de cofinanciación; a este proyecto se le incluye en la ficha de evaluación el termino APROBADO y posteriormente Fontur comunicará por escrito al proponente sobre la decisión del Comité Directivo indicando la cofinanciación aprobada y el trámite a seguir.
Proyecto aprobado sujeto a ajustes: Decisión del Comité Directivo de Fontur, frente a los proyectos que requieren ajustes, información aclaratoria y/o complementaria y una vez subsanadas el proyecto quedara aprobado.
Proyecto aplazado: Decisión del Comité Directivo de Fontur, frente a los proyectos que requieren ajustes, información aclaratoria y/o complementaria.
Proyecto no aprobado: Decisión del Comité Directivo de Fontur a los proyectos que no cumplen los requisitos de aprobación establecidos en el Manual para la destinación de recursos y presentación de proyectos de Fontur, o los proyectos donde el proponente no acepta o no da respuesta a los ajustes o aclaraciones solicitadas dentro del plazo establecido y Fontur les comunicara por escrito de este hecho al proponente.
ROLES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRÁMITE DE PROYECTOS
“Objetivos y acciones institucionales P.A. FONTUR”
1. Introducción a la planeación estratégica institucional.
“La planeación estratégica institucional en el P.A. FONTUR orienta la gestión hacia el cumplimiento de sus objetivos misionales, asegurando la articulación entre las acciones, los resultados y las prioridades del sector turismo.
Este proceso permite analizar el entorno, identificar riesgos y oportunidades, y fortalecer la toma de decisiones, con el fin de mejorar el desempeño institucional.
Así mismo, la planeación estratégica se alinea con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Sectorial de Turismo, garantizando coherencia con las políticas públicas y contribuyendo al desarrollo sostenible y competitivo del turismo en Colombia.”
2. Objetivos y Acciones Estratégicas
- Acción asociada al objetivo 1: Generar un banco de aliados estratégicos en turismo.
- Acción asociada al objetivo 2: Formular proyectos tipo que faciliten la presentación de proyectos a FONTUR.
- Acción asociada al objetivo 2: Capacitar y acompañar a los territorios en la estructuración de proyectos, a través de gestores regionales.
- Acción asociada al objetivo 2: Mantener actualizados los lineamientos y herramientas estratégicas
- Acción asociada al objetivo 3: Definir una política de responsabilidad social y gestión ambiental en los proyectos de P.A. FONTUR, de acuerdo con las características de las líneas estratégicas.
- Acción asociada al objetivo 4: Formular la estrategia de fortalecimiento institucional que defina el rol, estructura y recursos con que el Fondo Nacional de Turismo ejecuta la política de turismo.
- Acción asociada al objetivo 4: Implementar la estrategia de fortalecimiento institucional.
3. Enlace del documento completo para consulta detallada.
“Plan Estratégico Organizacional del Fondo Nacional de Turismo – FONTUR (Versión 2)”
Plan Estratégico Sectorial
Información y documentos asociados organizados por bloques desplegables.
1. Introducción sobre la contribución de FONTUR al cumplimiento del Plan Sectorial de Turismo.
“El P.A. FONTUR contribuye al cumplimiento del Plan Sectorial de Turismo mediante la financiación, estructuración y ejecución de proyectos turísticos orientados al fortalecimiento de la infraestructura, la competitividad de los destinos y la promoción del turismo.”
2. Introducción del Plan Sectorial de Turismo 2022–2026.
“El Plan Sectorial de Turismo 2022–2026 busca promover un turismo sostenible e inclusivo, basado en la equidad territorial, la protección de los recursos naturales y el fortalecimiento económico del sector, a través de ejes estratégicos orientados al desarrollo territorial, la sostenibilidad y la competitividad.”
2.1. Objetivo General del Plan Sectorial de Turismo 2022–2026
“Construir capacidades para consolidar el desarrollo sostenible, responsable y regenerativo del turismo en el país, mejorando la participación de inclusión e innovación que realizan los entes gubernamentales, las empresas, las comunidades y el territorio, incrementando las oportunidades para la creación de valor social y económico en la oferta turística, con el fin de aumentar la demanda de viajeros y el reconocimiento turístico del país.”
