Constitución Política de la República de Colombia

ARTÍCULO 52 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA: El turismo, es un derecho social y económico de las personas dada su contribución al desarrollo integral en el aprovechamiento del tiempo libre y en la revalorización de la identidad cultural de las comunidades.
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Enviado por admin el Lun, 25/07/2022 - 13:24