Requisitos para acceder al beneficio (art. 304 de la ley 2294 de 2023)



1. Respecto del Registro Nacional de Turismo

Los aportantes de la contribución parafiscal que a 30 de junio de 2023:

  • Inscriban por primera vez un establecimiento o actividad gravados por esta contribución, o
  • Cuenten con registro nacional de turismo activo.

2. Respecto de la ubicación

Los aportantes de la contribución parafiscal que desarrollen su actividad en:

  • Municipios de hasta doscientos mil (200.000) habitantes, tal y como lo certifique el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE a treinta y uno (31) de diciembre de 2022, y/o
  • Municipios listados en los programas de desarrollo con enfoque territorial - PDET

Si el aportante cumple con ambos requisitos, estará exento de liquidación y pago de la Contribución Parafiscal de los trimestres 3 y 4 de 2023, 1, 2, 3 y 4 de 2024.