Requisitos para acceder al beneficio (art. 304 de la ley 2294 de 2023)
1. Respecto del Registro Nacional de Turismo
Los aportantes de la contribución parafiscal que a 30 de junio de 2023:
- Inscriban por primera vez un establecimiento o actividad gravados por esta contribución, o
- Cuenten con registro nacional de turismo activo.
2. Respecto de la ubicación
Los aportantes de la contribución parafiscal que desarrollen su actividad en:
- Municipios de hasta doscientos mil (200.000) habitantes, tal y como lo certifique el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE a treinta y uno (31) de diciembre de 2022, y/o
- Municipios listados en los programas de desarrollo con enfoque territorial - PDET
Si el aportante cumple con ambos requisitos, estará exento de liquidación y pago de la Contribución Parafiscal de los trimestres 3 y 4 de 2023, 1, 2, 3 y 4 de 2024.